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La Sorrozuela es una urbanización en el municipio de Bareyo, cuya capital es el pueblo de Ajo; esta situada entre el faro y la desembocadura del río Campiezo, al final de la ría de Castellanos, o ría de Ajo. La costa es escarpada, agreste y salvaje, muy peligrosa; no hay playa, sólo queda un húmedo arenal durante la bajamar.

viernes, 17 de junio de 2016

“Reglamento de uso del Club Social” de “La Sorrozuela” (*)

REGLAMENTO Y USO DEL CLUB SOCIAL DE LA URBANIZACION “LA SORROZUELA”

DENOMINACION, FINALIDAD Y GOBIERNO
1º El Club Social sito en La Urbanización “LA SORROZUELA”, tiene como objeto proporcionar a sus propietarios un lugar de encuentro para desarrollar actividades de carácter cultural, recreativo y de ocio en general, y en particular para acceder a internet a través de la conexión WIFI.
2º Todo lo concerniente al Club Social será regulado por la Junta General de propietarios, a propuesta de la Junta de Gobierno o de cualquiera de los socios.
TITULARIDAD DE SOCIO/A
3º Son socios del Club Social todos los Propietarios de la Urbanización que estén al corriente de pago de las cuotas de la Comunidad.
4º El Propietario que no esté al corriente de pago no podrá acceder al Club Social, ni con carácter de invitado.
NORMAS GENERALES
5º Tienen derecho al uso y disfrute del Club Social todos los Propietarios al corriente de sus obligaciones de comunidad, pudiendo acceder al mismo acompañados de sus invitados, con las limitaciones de:
a) La capacidad del local.
b) Está prohibida la entrada a menores de edad sin la compañía de sus padres o tutores.
c) Está prohibida la entrada a toda clase de animales de compañía.
d) Está prohibido fumar.
6º Para utilizar el Club Social no es necesario cumplimentar ninguna solicitud, el uso es libre para los socios, excepto cuando se necesite la utilización exclusiva que se menciona en el apartado 7º de este reglamento.
7º En caso de reserva para uso exclusivo del Club Social, el socio interesado lo comunicará al Presidente de la Comunidad con un día de antelación, cumplimentado el modelo que figura al final como anexo, y colocará un aviso para tal evento. Se responsabilizará del cumplimiento de este Reglamento por sí mismo y por todo el grupo de invitados.
8º Está expresamente prohibido permitir el acceso al Club Social a personas ajenas a la Urbanización, así como, que éstas hagan uso de las instalaciones sin la presencia del propietario.
9º El Propietario velará por el buen uso de las instalaciones, mobiliario y servicios.
10º Todo Propietario que utilice el Club Social es el responsable de todo su grupo y está obligado a informar al Presidente, en el plazo máximo de 24 horas, de cualquier actividad negativa que detecte en la utilización del Club Social. Las incidencias o conductas reprobables de cualquier persona que puedan afectar al normal desarrollo de la actividad del Club Social serán puestos en conocimiento de la Junta de Gobierno, donde se denunciarán los hechos y se facilitará el nombre o nombres de los infractores de las Normas de convivencia.
11º El horario de apertura y cierre según la temporada será:
a) TEMPORADA DE INVIERNO: 30 de septiembre al 1 de abril (de 10,00h. a 0,30h.)
b) SEMANA SANTA Y SEMANA DE PASCUA, en sus fechas (de 9,00h. a 2,00h.)
c) TEMPORADA DE VERANO: 1 de junio al 30 de septiembre (de 9,00h. a 2,00h.)
12º Al abandonar el Club Social el socio propietario-responsable se cerciorará particularmente de:
a) que todos los invitados abandonan el local
b) apagar todas las luces del local
c) bajar todas las persianas del local
d) cerrar todas las puertas
e) las mesas y sillas quedan limpias y ordenadas antes de abandonar el local
f) los desperdicios y sobrantes de comida se echan al cubo de la basura
13º Cualquier incidencia o infracción de este Reglamento, será resuelta por la Junta de Gobierno.
SANCIONES
14º La Junta General, a propuesta de la Junta de Gobierno establecerá un capitulo especifico de tipos de sanciones del que se informará a los propietarios a través de los medios habituales y, además, figurará en el tablón de anuncios del Club Social.
15º Los nombres de los propietarios sancionados se publicarán en el tablón de anuncios del Club Social.
16º En función de la gravedad del hecho se le denegará el acceso al Club Social por un periodo de tiempo.
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ANEXO
Modelo de comunicación al Presidente de la Comunidad de reserva de uso exclusivo del Club Social (art. 7º):

Nombre del propietario: D. ……………………………………………..….…… Nº Parcela. ……..….

Teléfono de contacto…………………………………………..

Día: ……………………………..…….… Horario: De …………..….. horas, a ....................... horas.

Enterado y conforme del propietario,

                               Fecha y firma

 (*) a propuesta de un propietario (A. Molina) el 23 de abril de 2016, aprobado provisionalmente por la Junta de Gobierno de la Comunidad, distribuido por el Administrador el 14 de junio, y con vigencia, suponemos, desde el día siguiente, 15 de junio de 2016.

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